Desgravar el alquiler en la renta 2021: arrendador y arrendatario

Durante la campaña de la Renta y Patrimonio de 2021, es decir, de acuerdo con el ejercicio económico del año pasado, tienes que presentar la declaración ante la Agencia Tributaria de manera telemática. Ya seas tú directamente quien la tramita o terceros en tu nombre.

Entonces, una de las preguntas más comunes que hay entre los contribuyentes es si existe una manera de desgravar el alquiler en la renta del 2021.

Además de saber con seguridad si puedes ahorrar dinero durante la declaración anual del IRPF. Por ello, antes de rellenar las casillas de la Renta debes saber qué colocar.

Vamos a ver cómo funciona el sistema de desgravación fiscal en función de si eres inquilino o arrendador.

¿Qué gastos va a suponer deducir el alquiler?

En primer orden de cosas, una manera de ahorrar dinero durante la declaración de impuestos es la deducción por alquiler cuando eres inquilino.

Y la misma está dividida en dos tramos que son: el autonómico y el estatal. La primera depende del lugar donde vives pero, en el caso de la desgravación estatal, tienes que haber firmado al menos un contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2021.

Sin daños sobre la deducción autonómica por alquiler, al declarar puedes deducir el 10,05 % del total pagado en el periodo impositivo por el alquiler del inmueble.

Claro, siempre y cuando la vivienda tenga un valor inferior a 24.107,20 euros al año. Por lo que no afecta a las deducciones por comunidades, ya que cada una tiene sus propias cuantías y porcentajes.

Ahora bien, la base máxima de este tipo de deducciones corresponde a:

  • 040 euros al año cuando la base imponible es inferior o igual a 17.707,20 euros anuales.
  • Es de 9.040 – (1,4125 * (base imponible – 17.707,20)), si la base imponible se encuentra entre los 17.707,20 y 24.107,20 euros.
  • Si la base imponible supera o es igual a los 24.107,20 euros al año, en tributación conjunta o individual, no puedes deducir ningún capital.

Con respecto al arrendador o dueño de la vivienda en alquiler, la situación es distinta. Las rentas que recibes por el alquiler debes incluirlas en la declaración de la renta de manera obligatoria.

Puesto que, es considerado como ingresos de rendimientos de capital inmobiliario. La cantidad del rendimiento es calculado restando a los ingresos el gasto deducible y aplicando sobre esta cantidad, si procede, determinadas deducciones.

Las personas que tienen un inmueble en alquiler pueden deducir los intereses y demás gastos de su hipoteca, si la hubiera. Así como los que tienen relación con la reforma de la vivienda o el IBI de la próxima declaración.

¿En qué ahorras al desgravar el alquiler que percibes por un piso?

Cuando desgravas el alquiler de un inmueble puedes llegar a ahorrar de manera significativa en:

  • Gastos de alquiler: el contrato de arrendamiento, gestión de inmuebles, cargos de la inmobiliaria, etc.
  • Luz, agua y gas: en el caso de que el propietario sea el encargado de pagar estas facturas.
  • Gastos de conservación y reparación: esto no incluye reformas, solamente los arreglos o subsanación de desperfectos necesarios para que el inmueble siga siendo habitable.
  • Préstamos de inmuebles: tales como la hipoteca.
  • Impuestos de la vivienda: como el IBI, la recogida de basuras, los gastos de comunidad, etc.

Ayudas para el arrendatario

Otra opción para reducir los gastos que supone vivir en un piso de alquiler es solicitar alguna de las ayudas y subvenciones que se ofrecen durante el año.

Esto depende en gran medida de cada Comunidad Autónoma, aunque existen campañas estatales a las que cualquier puede optar para pagar menos.

Nuestra recomendación, desde INMOSLM Pamplona, es buscar un buen asesoramiento para conocer las cantidades exactas con antelación. De esta forma será más fácil anticiparse a los posibles pagos o deducciones e incluso fraccionarlas si fuera necesario.

Nosotros contamos con un equipo de profesionales con una larga experiencia en el sector y estaremos encantados de ayudarte. Por eso, si tienes cualquier duda respecto a las cantidades a desgravar del alquiler, ven a vernos.

 

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